Resulta muy interesante entender al Derecho como un proceso cultural producto de una creencia.
De esta manera, podemos afirmar que son las creencias las que nos permiten relativizar el Derecho y, por lo tanto, entender y percibir significados de nuestra vida política y social a través de la cultura como un todo integrado, donde las prácticas y conductas específicas de individuos, grupos y sectores sociales, así como la representación y los significados que éstas constituyen respecto a tales prácticas, son capaces de recrear el ámbito de lo jurídico.
El análisis cultural del Derecho es una perspectiva jurídica que no sólo pretende estudiar, sistematizar y explicar las normas jurídicas de contenido cultural, sino comprender desde la cultura misma, el sentido del Derecho y la posibilidad de hacerla coherente para la vida cotidiana.
Entender al Derecho desde esta perspectiva, nos obliga a comprender las implicaciones culturales de la relación entre éste y la sociedad, sin embargo, esta visión epistemológica, permanece como una de las menos exploradas de nuestra vida como ciudadanos.
Esta óptica nos explica al Derecho como producto de la historia y de las creencias. En este sentido, debemos preguntarnos si como individuos nos sentimos identificados con esas creencias cuando pertenecemos y nos vemos afectados por el sistema jurídico.
Si somos capaces de mirar al Derecho como una práctica cultural extendida, podremos lograr concebirlo bajo la influencia de la crítica, tal y como ocurre con el arte.
En este sentido, los operadores jurídicos deben estar sujetos a la crítica constante de sus actos jurídicos, al poner en tela de juicio su actuación respecto a las creencias culturales de la sociedad en la que actúan.
Con esta perspectiva, se desmiente el hecho de que el Derecho es solamente un producto de la razón. Desde el punto de vista cultural los ciudadanos deberíamos poder criticar y acusar a los actores jurídicos cuando éstos actúan en contra del sistema de creencias y, registran al mismo tiempo, acciones de inmoralidad o deshonestidad, con la idea de desconocer su autoridad frente a la sociedad.
La actuación jurídica de los operadores del Derecho debe ser simultáneamente un objeto de crítica y una fuente de autoridad, al tiempo de estar en concordancia con el conjunto de creencias y aspectos culturales de la sociedad.
En este sentido, podemos afirmar que el Derecho es relativo ya que la razón esta siempre atada a los procesos culturales y, sabemos que éstos, van cambiando a lo largo del tiempo.
La perspectiva cultural del Derecho toma en cuenta proposiciones no desde las perspectivas de su validez, sino desde la perspectiva del significado que éstas tienen para el individuo que participa en la comunidad de creencias.
Paul Kahn, en su obra “Análisis Cultural del Derecho” a diferencia de otros estudiosos del Derecho que dan por sentada la verdad de las creencias en la naturaleza de la autoridad, en el carácter del razonamiento jurídico y en la identidad del juez, nos permite profundizar en la idea de que nuestra cultura jurídica consiste en interpretar los mitos sobre la fundación del Derecho y las creencias esenciales que constituyen el imperio de la ley.
Como vemos, el análisis cultural del mundo jurídico nos obliga a dejar de lado visiones parciales para recrear al Derecho, para llevarlo a un análisis más profundo y consciente de los significados sociales, psicológicos y culturales de una comunidad.
Si somos capaces de entender lo anterior, podremos comprender al mundo jurídico como parte de un proceso cultural, al tiempo de comprender mejor quiénes somos y hacia donde quisiéramos llegar a través del Derecho.
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