Conceptos para entender el Derecho y su fin práctico en la sociedad.
Si entendemos al Derecho como el conjunto de normas jurídicas creadas por el Estado para regular la conducta externa de los individuos en sociedad, podemos afirmar que las autoridad deben contar con los mecanismos previstos en la propia ley para que, en caso del incumplimiento, esté prevista una sanción penal o una infracción administrativa.
Asimismo, si concebimos al Derecho como un sistema de reglas de conducta de carácter obligatorio impuesto por la autoridad, ésta, debe asegurar su eficacia amenazando con sanciones a los infractores y, en ocasiones, forzando a su cumplimiento hasta vencer la resistencia del infractor.
Podemos afirmar entonces que la característica fundamental de la norma es la coercibilidad.
Ahora bien, las reglas de conducta tienen como destinatario la persona jurídica, es decir, toda aquella persona física o moral con capacidad para adquirir o ser titular de derechos y obligaciones.
Es así que podemos desentrañar la razón básica del Derecho, es decir, sirve como instrumento ideológico del Estado, previamente pactado, para organizar la convivencia social humana dentro de cierto grado de armonía, garantizando la paz, la seguridad y el orden social sobre las bases de equidad y justicia.
Luego entonces, las normas jurídicas a diferencia de las morales o religiosas son coercibles, es decir, son susceptibles de imponerse, ya que tienen por objeto la regulación de la conducta humana para con los demás, a fin de organizar la vida social, previniendo los conflictos y dando las bases para su solución.
De esta manera podemos derivar el concepto de coactividad, en el entendido que ésta, se refiere a la acción del Estado para hacer cumplir la ley.
El Derecho toma sentido a partir de la creación de instituciones y órganos jurisdiccionales que obligan al cumplimiento de la propia norma. De lo contrario, estaríamos en el supuesto de enunciados o postulados de carácter declarativo y sin la fuerza suficiente para imponerse al conjunto de la sociedad a través de sanciones o infracciones a aquellos que se desvían de la legalidad.
Es de esta manera que podemos entender a la coacción, como aquella intervención de las autoridades legalmente constituidas y reconocidas, para hacer cumplir las leyes a partir de actos judiciales o administrativos que son intrínsecos a las sanciones.
Al conjunto de normas que forman el sistema jurídico y que están dotadas de reglas que imponen deberes y conceden facultades, se conoce como Derecho objetivo.
El Derecho objetivo a su vez, da origen al Derecho subjetivo. Este último toma vigencia, cuando los individuos actúan en calidad de ciudadanos, es decir, cuando adquieren derechos y obligaciones de manera bilateral. De esta manera, el ciudadano adquiere facultades frente a otros individuos o frente al Estado.
Sin embargo, no podemos entender todo el entramado jurídico sin los conceptos de Estado y soberanía. Cuando un grupo humano se organiza jurídicamente conforme a un conjunto de leyes que pueden hacerse cumplir por una autoridad legitimada, se constituye un Estado.
Definir al Estado no es cosa sencilla, sin embargo, podemos afirmar que si la coercibilidad es a la norma, la soberanía es al Estado. Es decir, el Estado es el conjunto de instituciones que representan los intereses, los ideales y las aspiraciones de un pueblo de manera soberana frente a otros estados.
Si concebimos al Estado como la organización política y jurídica de una sociedad bajo un poder de dominación, podremos entender que este último, solo podrá ejercerse en un determinado territorio y frente a una determinada población a través de un gobierno.
El gobierno podemos definirlo como la forma de organización política de la sociedad que se encarga de administrar y representar jurídicamente a la sociedad y al Estado. Es el órgano rector de la vida social y, es justamente a través del Estado, que el gobierno adquiere personalidad jurídica reconocida por los demás estados.
El gobierno tiene como finalidad mediante el poder público, establecer y coordinar en vista del bien común, los derechos y obligaciones de los individuos entre si y de estos con la colectividad.
Y si bien, el Estado podría parecer un concepto abstracto, no podríamos acotarlo si no entendemos el de soberanía, que no es otra cosa que la facultad que tiene un pueblo para darse la forma de gobierno que mejor satisfaga sus aspiraciones, así como dictar las leyes que considere necesarias e indispensables para regular la vida social en ese tiempo y lugar.
Lo interesante es que el Estado al tener el componente de soberanía, tiene la capacidad para organizarse así mismo de acuerdo con su propio derecho que deberá ser reconocido por otros estados.
Como vemos, la soberanía es un concepto que se define en torno al poder y se comprende como aquella facultad que posee cada estado de ejercer el poder sobre su sistema de gobierno, su territorio y su población. Lo anterior hace que, en materia interna, un estado, junto a la autoridad en ejercicio, sean los que se encuentran por sobre cualquier otra entidad.
A pesar de ello, habría que preguntarse si en la aldea global existe soberanía en un mundo cada vez más dependiente entre sí. En este sentido, considero que es necesario replantearse conceptos que tocan las fibras más sensibles respecto a la gobernabilidad, el poder, la legitimidad, la autoridad, la soberanía, la nación y el estado, entre otros.
El fenómeno de la globalización ha tomado un auge sin precedentes, los mercados internacionales afectan a los estados y trastocan el concepto de soberanía, la moldea y la ajusta a los intereses de los países hegemónicos.
En este sentido, habría que preguntarse si podemos hablar de soberanía en el sentido extenso de la palabra, es decir, como la autodeterminación o capacidad de tomar decisiones de manera ilimitada, o deberíamos más bien, de circunscribirnos al concepto de autonomía.
El hecho es que la soberanía de los estados en el concierto internacional queda supeditada muchas veces a intereses externos, ya que es dominada a través de organismos y tribunales multilaterales de diversa índole, así como por instrumentos y mecanismos de control exógenos que, a su vez, coaccionan a los estados en su interior.
En este sentido, la soberanía parecería más bien una mera formalidad para el discurso frente al dominio económico de las potencias y los organismos multinacionales. La soberanía de los estados ha sido desmontada por la globalización y el libre mercado, por lo que resulta más clara en la teoría que en la propia práctica.
Sin embargo, esta disertación no nos distrae de nuestro propósito de entender que, si el atributo esencial del Estado es la soberanía, ésta, consiste en la facultad que tiene una organización política debidamente reconocida por una sociedad a través de un gobierno establecido, para darse así misma las leyes que mejor le convengan y de actuar en función de ellas.
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