lunes, 20 de febrero de 2012

Sarkozy anuncia aumento al IVA


Lunes 30 de enero de 2012

El Universal

PARÍS (EFE y DPA).— El presidente francés, Nicolas Sarkozy, anunció ayer un aumento al IVA, una tasa a las transacciones financieras y el inicio desde hoy de negociaciones sobre un “contrato de competitividad” que supone el fin efectivo en Francia de la semana laboral de 35 horas.

En una entrevista concedida en directo desde el Palacio del Elíseo y difundida desde nueve canales, Sarkozy anunció un impopular aumento de 1.6 puntos del tipo máximo del IVA a partir de octubre —de 19.6% a 21.2%—, y del que dijo que no se verá reflejado en un incremento de precios “porque la competencia los mantendrá”.

En cuanto a la tasa a las transacciones financieras, Sarkozy dijo que “desde hace tres años las finanzas se han comportado de una manera loca, desregulada. Es normal que las transacciones participen en el reembolso de los déficit”.

Esa tasa a las transacciones financieras de 0.1% se empezará a aplicar a partir de agosto.
Sarkozy explicó que anunció estas medidas como jefe de Estado y no como eventual candidato a las elecciones presidenciales de esta primavera, “para relanzar el empleo y la competitividad de las empresas francesas”.

Las medidas incluyen una polémica derogación efectiva de la semana laboral de 35 horas, mediante un “contrato de competitividad” que permita a los empresarios adaptarse a las necesidades del mercado.

Medida anticrisis

El mandatario francés aseguró que el país se encuentra en una “crisis histórica” y que el aumento del impuesto sobre el valor agregado tiene como objetivo reducir los costos sociales empresariales de contratación y evitar que la industria emigre.

Y respecto a la propuesta del candidato socialista, Francois Hollande, de restituir la edad de jubilación a los 60 años, Sarkozy consideró que ese paso es “una locura que no se va a realizar”, y que a su juicio ningún francés lo ha creído.
 
Comentarios:
 
Francia pertenece a la familia jurídica neoromanista y tiene un régimen político semipresidencial de gobierno. Este sistema tiene la característica de gozar de un Presidente electo por sufragio universal para un periodo predeterminado en el cargo que comparte el Poder Ejecutivo con un Primer Ministro que nombra con aprobación de la Asamblea. El Gobierno es responsable ante la Asamblea Nacional: Su permanencia depende del voto de confianza o de la moción de censura que esta emita.

El Presidente es independiente del Parlamento y puede disolverlo tomando el parecer del Primer Ministro y de los líderes de la Asamblea Legislativa.
 
En Europa la mayoría de los estados tienen un régimen descentralizado que se asemeja mucho al federal, salvo Francia, que es centralista.
 
Haciendo una reflexión  para definir qué es el Estado y el rol que cumple en la sociedad, podemos partir de que la afirmación de Estado es una abstracción jurídica que se materializa cuando ejerce una serie de atributos y potestades como sociedad jurídica y políticamente organizada.
 
Las diversas definiciones de Estado parten por establecer sus elementos constitutivos, a fin de comprender su devenir histórico, estructura, funciones, formas de manifestación más importantes y las tendencias de su evolución. La Teoría General del Estado discurre respecto a su esencia, fines, justificación, configuración organizativa e institucional con base en sus principios generales.
 
Partiendo de la afirmación de que el Estado y la Constitución son el material empírico, la materia a partir de la cual son deducidos y desarrollados los conocimientos, elementos comunes y principios generales; se puede asumir lo que desde la antigüedad se viene sosteniendo, es decir, que el Estado es a la vez sociedad jurídica y políticamente organizada.
 
Por definición tenemos que el Estado es una sociedad humana establecida en el territorio que le corresponde, estructurada y regida por un orden jurídico, creado, definido y sancionado por un poder soberano para obtener el bien publico temporal, formando una institución con personalidad moral y jurídica.
 
Por su parte, el gobierno consiste en la facultad de la que dispone el propio Estado para administrar y trazar su destino, estableciendo la forma de conducirlo, manejando su patrimonio, fijando metas políticas, económicas, culturales, sociales, organizando a la población, cuidando de su territorio, ejerciendo la soberanía nacional, distribuyendo las funciones que al poder conciernen, en suma, haciendo uso legítimo de la autoridad reconocida por la población.
 
En el análisis de la noticia donde el Presidente de Francia Nicolas Sarkozy anuncia un aumento al IVA, una tasa a las transacciones financieras y el inicio de negociaciones sobre un “contrato de competitividad” que supone el fin efectivo en Francia de la semana laboral de 35 horas, es importante cuestionarse si la medida tomada y anunciada la debió realizar Sarkozy en su calidad de Jefe de Estado, o si esta medida o política pública, debió ser dada a conocer por el Primer Ministro en su calidad de Jefe de Gobierno.
 
Aquí vemos que se confunden las funciones de dos órganos fundamentales del Estado francés, lo que no nos permite distinguir con claridad si el anuncio debió partir del órgano Presidencial en la personificación de Sarkozy como Jefe de Estado en su más amplia acepción del concepto de gobierno.


Desde luego, sabemos que el Estado aparece como la totalidad del orden jurídico sobre un territorio determinado, en la unidad de todos sus poderes y como titular del derecho de soberanía. Sin embargo, el gobierno es la encarnación personal del Estado que se manifiesta por la acción de los titulares de los órganos. En general, el gobierno se refiere al funcionamiento del Estado o conjunto de titulares de todos los poderes. En particular, se concreta en los individuos y órganos que asumen la acción del Estado, ya sea el jefe del Ejecutivo ( en el caso de Francia  el Primer Ministro) o de sus órganos auxiliares o ministerios.
 
Llamaremos formas de Estado, a las distintas formas que una nación puede adoptar no por las diversas estructuras y engranajes de sus órganos soberanos, sino por la división o atribución de competencias. Las formas de Estado hacen referencia a la estructura total y general de la organización política de un país.

De ahí que una de las conclusiones sea la de que no importa tanto la familia jurídica en la construcción de políticas públicas, sino del régimen político o forma de gobierno, ya que representa la estructura que pueden adoptar, en un país, los órganos encargados de ejercer las funciones soberanas y el mutuo enlace con que deben estar tratados y relacionados entre si.

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